INGRESO ORDINARIO
*Los Ingresantes al IESPP “San Marcelo”, para el proceso de matrícula deben presentar los siguientes documentos:
- a) Partida de Nacimiento original.
- b) Certificados de estudios originales de Educación Secundaria, visados por la UGEL correspondiente.
- c) Copia simple del documento de identidad.
- d) Constancia de ingreso.
- e) Certificado de salud
- f) Recibo de pago derecho de matrícula.
- g) 4 fotos tamaño carné (fondo blanco).
*La documentación especificada del Art., anterior debe ser presentada completa dentro de los plazos establecidos. Caso contrario pierde la vacante.
*Los ingresantes de todas las modalidades del examen de admisión que no reciben su constancia de ingreso dentro de los plazos establecidos perderán automáticamente la vacante alcanzada.
*Los Ingresantes por cualquier modalidad de admisión, presentarán un certificado de salud, antes de la matrícula, otorgado por un hospital reconocido. (MINSA y/o ESSALUD)
*Por ningún motivo, hay reserva de matrícula para ingresantes.
*Los ingresantes por la modalidad de traslado interno, externo tienen derecho a que se les convalide aquellas asignaturas aprobadas en su centro de estudios de origen pagando la tasa respectiva, previa evaluación.
*Solo procede la convalidación cuando el ingresante:
- a) Haya adjuntado los sílabos de las asignaturas que cursó, debidamente selladas y firmadas por la autoridad competente.
- b) Presente sílabos cuyo contenido temático corresponda por lo menos en el 80% de la asignatura que se ofrece.
- c) Tenga en sus certificados créditos asignados a los cursos que difieran en más de (01) crédito a favor del estudiante.
*Las convalidaciones se realizan por única vez y los efectúa la Comisión de convalidación del IESPP “San Marcelo”.
INGRESO POR EXONERACIÓN
La modalidad de ingreso por exoneración es un proceso anterior a la modalidad de ingreso ordinario, en este sentido, los postulantes que no alcanzarán vacante por esta modalidad podrán inscribirse en la modalidad de ingreso ordinario. En el ingreso por exoneración las IFD podrán exonerar a los postulantes de la prueba de Competencias fundamentales. Solo se les aplicará la prueba de Entrevista diagnóstica- vocacional y dinámica grupal – diagnóstica vocacional. Las IFD que en esta modalidad cuenten con postulantes a las carreras de Educación Intercultural Bilingüe e idioma: inglés deberán aplicar la Prueba de Entrevista diagnóstica- vocacional y dinámica grupal – diagnóstica vocacional, teniendo como requisito indispensable que los postulantes cuenten con un nivel básico o intermedio de la Lengua. De aprobar dichas competencias se aplicará dicha evaluación.
En esta modalidad se reserva el 20% de las vacantes por acción de los siguientes casos:
- Egresados del Colegio Mayor Secundario, Presidente del Perú o de los Colegio de Alto Rendimiento (COAR) del país, debidamente con su correspondiente certificado de estudios.
- Primer y segundo puesto de la Educación básica en cualquiera de las modalidades de acuerdo con el puntaje acumulado en los cinco años de la Educación Secundaria o el ciclo avanzado de la Educación Básico Alternativa, debidamente acreditado con certificado de Estudios, el postulante podrá presentar una constancia firmada por el director de la institución educativa que acredite que obtuvo el primer o segundo puesto, con cargo a su regularización antes de la matrícula.
- Deportistas calificados por constancia emitida por el Director Nacional de Deporte de afiliado del Instituto Peruano de Deporte y/o credencial como miembro de la Federación Nacional y/o con constancia de haber participado en certámenes Nacionales o Internacionales.
- Artistas calificados que hayan representado al país o la Región, ACREDITADOS POR EL ministerio DE cultura, Escuela Nacional o Regional Superior de Arte con constancia de representación Nacional o Regional, emitida por la Dirección Nacional de Industrias culturales y artes del Ministerio de Cultura o una Escuela Nacional o Regional Superior de Arte.
- Beneficiarios del Programa de Reparaciones de Educación de plan Integral de Reparaciones (PIR) creado por la Ley N° 28592 con certificado de inscripción en el Registro único de víctimas expedido por el consejo de Reparaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
- Los que se encuentran cumpliendo Servicio Militar. Otros casos que se consideren las IFID en su Reglamento Institucional o en su Reglamento del Proceso de Admisión.